Ahora sí: el Gobierno reglamentó la eliminación de la cédula azul y del vencimiento de la cédula verde

13 mayo 2024
A través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial este lunes, finalmente se implementaron los cambios anunciados la semana pasada por el Ministerio de Justicia.
Cedula verde digital

Después de un curioso ida y vuelta entre el anuncio por parte del Ministerio de Justicia sobre el cierre del 40% de los Registros Automotores que estaban intervenidos y la eliminación de la cédula azul, así como del vencimiento de la cédula verde y que en la misma semana la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) saliera a aclarar que esta documentación aún seguía vigente, finalmente el gobierno emitió la reglamentación correspondiente validando el cambio.

Así lo estipula la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial. Específicamente, en cuanto a la cédula azul, la nueva normativa señala: “Establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023N° el no vencimiento de las cédulas de identificación, la existencia de la cédula de identificación para autorizado a conducir carece de sustento y de aplicación práctica, razón por la cual deviene pertinente proceder a la derogación”.

Cedula verde digitalPor otra parte, la resolución también indica que el Registro emitirá la cédula verde en dos formatos, digital y físico. El físico quedará a disposición dentro del legajo del dominio para su retiro por parte del peticionario que así lo requiriera, mientras que la cédula en formato digital será puesta a disposición del titular registral de manera automática a través de su perfil digital del ciudadano en la aplicación “Mi Argentina”. Asimismo, la la expedición de duplicado de la cédula de identificación del Automotor o sus adicionales podrán ser peticionadas y expedidas en forma completamente electrónica. Al igual que los originales, los duplicados de cédula se extenderán sin vencimiento, excepto cuando normas vigentes fijen un plazo determinado. En este punto, es importante aclarar que las cédulas verdes que fueron expedidas antes de estas modificaciones -y que poseen una fecha de vencimiento impresa- tampoco caducan.

Vale recordar que la cedula verde certifica la vinculación entre un vehículo y su propietario. En ella figuran la identidad y domicilio del titular y los datos de completos del automóvil incluyendo dominio (patente), marca, modelo y tipo, así como los números de chasis y motor. Hasta ahora, tenía vigencia de un año respecto a la fecha en que se realizó la transferencia en el caso de que el vehículo no sea utilizado por el titular. Por su parte, la cédula azul certificaba la autorización del titular para que un tercero utilice el vehículo.

Pese a todo esto, aún resta saber cómo se resolverán otras cuestiones como el procedimiento a realizar en caso del robo del vehículo, ya que al eliminar la cédula azul, si el delincuente contara con la cédula verde, no habría motivo para impedir su circulación. También todo lo relacionado a la digitalización de los legajos y de la verificación policial. Posiblemente, en los próximos meses continúen los cambios apuntando a reducir los costos y la burocracia del sistema registral.

Documentación obligatoria para circular:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Licencia Nacional de Conducir.
  • Cédula verde.
  • Comprobante de seguro vigente.
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica
  • Vehicular (VTV).
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

 

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Jonathan Romero

publicado por Jonathan Romero General el 13 de mayo de 2024

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