El Gobierno continúa anunciando medidas apuntando a simplificar diversas cuestiones, desde trámites administrativos hasta otro tipo de operaciones, como es el caso de la carga de combustible. Tal como lo habían anticipado algunos miembros de la actual administración, finalmente se autorizó el autodespacho de combustible y otros cambios en las estaciones de servicio, como la forma de almacenamiento del mismo.
A través del Decreto 46/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se permitió a los expendedores ofrecer este servicio de manera opcional: según el artículo 1, se habilita el autodespacho de combustible como una alternativa opcional para los expendedores, quienes podrán implementarlo de forma total o parcial, instalando surtidores de autoservicio en sus establecimientos.
En cuanto al procedimiento, se especifica que, al finalizar la carga de combustible, el usuario deberá cerrar la tapa del tanque del vehículo y colocar la manguera en su lugar, asegurándose de que no quede enganchada. Una vez realizado este paso, se podrá encender el motor.
Las empresas que deseen ofrecer este servicio deberán solicitar autorización a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, la cual establecerá los requisitos a cumplir para su implementación. La normativa será aplicable en todo el territorio nacional, incluyendo estaciones de servicio fijas y móviles. En los considerandos del decreto, el Gobierno destacó el avance tecnológico en el sector desde la emisión de la norma previa y subrayó la necesidad de actualizar regulaciones que han quedado obsoletas para permitir una prestación más eficiente de los servicios.
El decreto, firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Luis Caputo, enfatiza la importancia de fomentar el desarrollo industrial y tecnológico, así como la ampliación de la oferta de servicios. En este sentido, se considera que el autoservicio permitirá que las estaciones de servicio con horarios restringidos puedan operar las 24 horas del día.
Además de ampliar el horario de atención, se resalta que el autodespacho reducirá costos operativos, beneficiando a quienes necesitan cargar combustible en horarios no convencionales. También se menciona que esta modalidad contribuirá a la seguridad de los trabajadores de estaciones de servicio, especialmente en zonas donde enfrentan situaciones de violencia e inseguridad durante la noche.
Desde una perspectiva comercial, el autodespacho permitirá a las estaciones organizar mejor sus servicios e incluso ofrecer precios diferenciados, lo que supondría un beneficio directo para los consumidores. Para respaldar la seguridad de esta iniciativa, el decreto señala que el autoservicio de combustibles es una práctica vigente en numerosos países desarrollados desde hace décadas, incluyendo Estados Unidos y varios miembros de la Unión Europea, así como en Perú, Venezuela, Colombia y Uruguay.
Otro cambio importante es que se permite la posibilidad de instalar tanques de almacenamiento sobre la superficie, lo que reducirá costos al eliminar la necesidad de excavaciones y cimentaciones complejas. Además, facilitará el mantenimiento, ya que permitirá inspecciones, limpieza y reparaciones más rápidas y accesibles. Por otro lado, esta modalidad posibilita la detección inmediata de fugas, evitando pérdidas prolongadas y costosas. También se subraya que el uso de tanques sobre el terreno incrementará la seguridad ambiental al minimizar el riesgo de contaminación del suelo y de las aguas subterráneas.